Luis Felipe Colmenárez | LA PRENSA DE LARA.- A través de la Gaceta Electoral N° 964 fue presentada la normativa que regulará la campaña electoral de cara a los comicios parlamentarios pautados para el próximo 6 de diciembre.
El documento presentado por el Consejo Nacional Electoral en su cuenta de Twitter, se explica explica cuáles serán los lapsos para la campaña electoral, que inicia a las 6:00 de la mañana del 3 noviembre y finalizará a las 12:00 de la medianoche del 3 de diciembre.& ;
«Durante este lapso todos los actos de campaña que impliquen reuniones públicas o manifestaciones se sujetarán a las previsiones contra la pandemia del COVID-19» añadieron.
La normativa indica que la propaganda en televisión regional, nacional o por suscripción no excederá de 5 minutos diarios, y el radio un máximo de 10 minutos. Con respecto a los medios impresos, recalcaron que se debe presentar a media página en periódicos de tamaño estándar y página completa para tabloides.
Para la prensa digital se dictarán medidas especiales en aras de garantizar el pluralismo, la confiabilidad y transparencia, cita la Gaceta.
Igualmente quedan autorizadas la divulgación y contratación de mensajes mediante redes sociales. Asimismo, las organizaciones y alianzas tendrán permitido contratar servicios de mensajería de texto por cualquier operadora y podrán difundir un solo mensaje diario.
Resaltaron que queda prohibida la difusión de propaganda electoral fuera del lapso de la campaña y en el lapso que media entra la finalización del plazo y el acto de votación.
Aclaran que la prohibición no influye sobre el Poder Electoral, entes públicos, universidades y medios de comunicación, los cuales podrán difundir información sin favorecer directa o indirectamente a alguna parcialidad o candidatura participante en el proceso.
Entre el 2 y 6 de noviembre los partidos deben informar a la Comisión de Participación Política y Financiamiento el listado de los autorizados para contratar la propaganda.