AFP | LA PRENSA.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) autorizó este miércoles 20 de julio al Banco Central de Venezuela (BCV) a suscribir préstamos con el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), sin necesidad de contar con la aprobación de la Asamblea Nacional (AN).
La máxima corte, en ponencia de la presidenta de la Sala Constitucional y del Tribunal, Gladys Gutiérrez, indica que «el BCV es una persona jurídica dotada de autonomía para el ejercicio de sus atribuciones con eficiencia», lo cual es de «especial interés en el marco del estado de emergencia económica actualmente en vigor».
Según la sentencia, «el control previo de la Asamblea Nacional transgrediría la autonomía constitucional del Banco Central de Venezuela«.
El pronunciamiento de la corte se dio tras un recurso de interpretación solicitado por el propio BCV.
De acuerdo con información publicada por el diario El Nacional, el BCV pidió un préstamo de mil millones de dólares al Fondo Latinoamericano de Reservas», recibiendo solo unos 400 millones, equivalentes a la reserva aportada por Venezuela al FLAR.
Ninguna autoridad ha confirmado la veracidad de la operación, que supondría un pequeño «oxígeno» para el país, cuyas reservas internacionales cerraron este martes en 11.826 millones de dólares, el nivel más bajo en casi dos décadas.