Uruguay se ha unido a un reducido grupo de naciones que permiten y regulan la eutanasia, un hito que lo consagra como el primer país latinoamericano en lograr esta legalización a través del cauce legislativo formal. Con una votación de 20 a favor sobre 31 en el pleno del Senado, se culminó un extenso proceso de cinco años, reafirmando la tradición uruguaya de ampliación de derechos. Este logro, que se alinea con el sentir de la ciudadanía, contó con el apoyo de toda la bancada progresista del Frente Amplio, además de legisladores individuales de los partidos de centroderecha Colorado y Nacional, reflejando un significativo consenso interpartidario.
Esta aprobación marca una diferencia clave en el contexto regional. A diferencia de Colombia y Ecuador, donde la práctica de la eutanasia ha sido despenalizada y protocolizada por sentencias de la Corte Constitucional, Uruguay es el primero en legislarlo mediante un proceso de aprobación formal en el Congreso. El largo recorrido de la normativa incluyó un debate profundo y plural, con audiencias en las comisiones de salud que recibieron a más de 60 organizaciones, garantizando una discusión exhaustiva entre los distintos partidos políticos.


Uruguay aprueba ley con condiciones estrictas
La nueva ley establece condiciones precisas y estrictas para solicitar el derecho a la eutanasia: el solicitante debe ser una persona mayor de edad y «psíquicamente competente» que se encuentre en la «etapa terminal de una patología incurable e irreversible» o que experimente «sufrimientos que le resulten insoportables» y un «grave y progresivo deterioro de su calidad de vida». El paciente debe manifestar su voluntad de forma personal y escrita, siendo ciudadano uruguayo o residente legal. La norma garantiza que el procedimiento se realizará de manera «indolora, apacible y respetuosa de su dignidad».
Para asegurar la fiscalización y las garantías, el proceso contempla la evaluación del médico tratante y un segundo médico independiente, con plazos establecidos, y una segunda entrevista donde el solicitante podrá expresar su voluntad final, la cual es «siempre revocable». Este marco legal, que se inspira en legislaciones internacionales como la de Países Bajos, también prevé la creación de una comisión honoraria para evaluar los casos anuales y rendir informes, asegurando el control de su aplicación. Además, todos los prestadores del Sistema Nacional de Salud están obligados a proporcionar «los servicios necesarios» para ejercer este nuevo derecho.