viernes, 31 enero 2025
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Coloquios de café: Ley de protección al consumidor y al usuario

LA PRENSA DE LARA.- Me pregunto sobre la vigencia de este logro de la llamada era democrática, «LA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y AL USUARIO«, publicada en Gaceta Oficial de 24 de marzo de 1992, bajo el número 4.403 extraordinario, páginas 1 al 13.

La ley dispone sobre los derechos del consumidor y usuarios, de las asociaciones de consumidores, de los proveedores de bienes y servicios, de los contratos de adhesión, de la información sobre los precios y el marcaje, de los tratos abusivos, arbitrarios o discriminatorios, de los bienes y servicios de primera necesidad, de la publicidad y la oferta, de la garantía, de la venta a crédito, y de la especulación, el acaparamiento y la usura. Crea el Instituto para la defensa y educación del consumidor.

El TÍTULO I, sobre las DISPOSICIONES GENERALES y OBJETO DE LA LEY, comienza por dejar expreso en su…& ;

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto la defensa, protección y salvaguarda de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, su organización, educación, información y orientación, así como establecer los ilícitos administrativos y penales y los procedimientos para el resarcimiento de los daños sufridos por causa de los proveedores de bienes y servicios y para la aplicación de las sanciones a quienes violenten los derechos de los consumidores y usuarios.& ;& ;

La Ley es materia de Orden Público, así quedó expreso en su…& ;

Artículo 2.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público e irrenunciable por las partes.

Y define su ámbito de Aplicación, en su…& ;& ;

Artículo 3. – «Quedan sujetos a las disposiciones de la presente Ley, todos los actos jurídicos, celebrados entre proveedores de bienes y servicios y consumidores y usuarios, relativos a la adquisición y arrendamiento de bienes, a la contratación de servicios públicos o privados y cualquier otro negocio jurídico de interés económico para las partes.»& ;& ;

Definiciones de los sujetos de la Ley

Artículo 4.- Para los efectos de la presente ley se denominará:& ;& ;

Consumidor: Toda persona natural que adquiera, utilice o disfrute bienes de cualquier naturaleza como destinatario final.& ;

Usuario: Toda persona natural o jurídica, que utilice o disfrute servicios de cualquier naturaleza como destinatario final…& ;

Para mí, es extraño e inaceptable un país donde paulatinamente los ciudadanos vamos perdiendo nuestros derechos, desde los más elementales derechos& ;humanos hasta los más comunes derechos respetados en los países democráticos del mundo, donde los habitantes disfrutan de plena libertad. Tal es el caso del suministro de agua, el servicio de electricidad, e Internet proveído por la empresa en manos del Estado: CANTV; el acceso a los combustibles necesarios para el transporte y la producción, como lo son la gasolina y el gasoil. Y, supuestamente, habitamos uno de los países más ricos del mundo, donde, por ahora, creo que vale preguntarse:

¿QUIÉNES SON LOS RICOS EN ESTE PAÍS?

No soy quien para calificar lo que, supongo, podría denominarse corrupción privada, pero se está haciendo común el corte, sin aviso previo, del servicio de Internet, por parte de la empresa INTER, por ejemplo: en la tercera etapa de la urbanización Chucho Briceño, esta semana hemos estado con el servicio por espacio de algunas pocas horas y de paso de malísima calidad. Pero es de resaltar que…

«LA FACTURACIÓN AUMENTA MES A MES».

Se está ocasionando daños irreparables a quienes vivimos en este sector, en muchos casos, pérdidas monetarias irrecuperables a las personas que trabajan utilizando el Internet.

Este es un simple llamado a reflexión a las autoridades a quienes compete la salvaguarda de nuestros más elementales derechos.

¿Usted cree que el gobierno y las instituciones que tienen la autoridad suficiente para dar cumplimiento a su Derecho Humano Fundamental están cumpliendo con esa responsabilidad?

Así mismo pregunto:

¿Está usted consiente que las zonas montañosas, los árboles, son preservadores y productores del agua y del oxígeno?

¿Cuánto se puede usted vivir sin ingerir agua y… cuánto sin respirar?

¡PAREN LA TALA Y LA QUEMA INDISCRIMINADA!

POR EL FUTURO DE LARA, «YACAMBÚ» … ¡DEBE CULMINARSE!

Escrito por: Maximiliano Pérez& ;

*La Prensa de Lara no se hace responsable de las opiniones emitidas en los artículos, cuyo contenido es de entera responsabilidad de sus autores*& ;& ;

 

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