Jesús Pérez | LA PRENSA de Lara.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió por un lapso de 90 días la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por concejos municipales o legislativos que establezcan algún tipo de tasa o contribución tributaria.
A través de la sentencia número 078-2020 también queda sin efecto cualquier decreto o acto administrativo dictado por alcaldes o gobernadores bajo los mismos aspectos generales.
De igual manera el TSJ ha ordenado la activación de una mesa técnica, bajo la batuta del vicepresidente de Economía y ministro de Petróleo, Tareck El Aissami, para coordinar nuevos parámetros que permitan a los gobernadores y alcaldes del país ejercer su autoridad tributaria, «en particular, para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos», explica la sentencia.
» (?) la coordinación y armonización del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios que ordena el Texto Fundamental, permitiría homogeneizar tantos los tipos impositivos como los procedimientos tributarios, a fin de que los contribuyentes que realizan su actividad económica en diferentes entidades político-territoriales, tengan un mínimo de certeza sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales que genera su actividad productiva, con lo cual se estarían creando condiciones que tiendan a promover y mantener el desarrollo económico y social del país», expone la sentencia.
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