LA PRENSA.- Mediante un comunicado, el Tribunal Supremo de Justicia aclaró que el concejal del estado Apure, Carlos García recibió atención médica desde el pasado 18 de agosto de 2017, tras presentar una patología de hipertensión arterial.
Luego de someterse a estudios, los resultados arrojaron una presunta enfermedad infecciosa inmunodeficiente, la cual pudo haber producido complicaciones en la toxoplasmosis cerebral que posiblemente le causaría la muerte.
El TSJ exigió a los actores políticos del país de abstenerse a emitir opiniones irresponsables con respecto al caso del fallecimiento de García.
Comunicado del TSJ
Es nuestro deber informar y aclarar afirmaciones que circulan por distintos medios dónde dan cuenta del ciudadano Carlos García, quien efectivamente se encontraba detenido en la sede del SEBIN del estado Apure, por estar presuntamente incurso en los delitos de HURTO CALIFICADO, INSTIGACIÓN PÚBLICA E INCENDIO EN GRADO DE COAUTOR, como consecuencia de actos vandálicos y saqueos que se suscitaron en la población de Guasdualito, estado Apure, en diciembre de 2016.
Al respecto el ciudadano Carlos García ingresó al Hospital Central de San Cristóbal en el estado Táchira, desde el día 18 de agosto de 2017, proveniente de la ciudad de San Fernando en el estado Apure, por presentar patología de Hipertensión Arterial, por lo cual recibió debida atención médica desde esa fecha, donde fue sometido a distintos estudios médicos arrojando un resultado patológico de presunta enfermedad infecciosa inmunodeficiente, todo lo cual pudo haber producido complicaciones en la patología de Toxoplasmosis cerebral, falleciendo en fecha 17 de septiembre de este año en el mismo centro hospitalario, donde estuvo recluido desde su llegada en fecha 18 de agosto.
Cabe destacar, que no consta solicitudes o advertencias en el expediente judicial del referido ciudadano, sobre el padecimiento de alguna enfermedad crónica o aguda, por lo que se presume que el ciudadano Carlos García desconocía de la sospecha patológica que aún se encuentra por determinar en los laboratorios del Centro Asistencial. Aun así, y ante esta situación el Tribunal de la causa acordó una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, obedeciendo a la situación médica que presentaba dicho ciudadano.
En este sentido, solicitamos a la dirigencia política del país, abstenerse de emitir opiniones irresponsables con informaciones falsas y con el único objetivo de causar alarma en la población, por el contrario es nuestro deber respetar cristianamente la memoria de este ciudadano venezolano.