martes, 5 noviembre 2024
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Ratificado acuerdo de transporte de carga y de pasajeros por carretera entre Colombia y Venezuela

Agencias | LA PRENSA DE LARA.- La Cámara de Representantes de Colombia aprobó en el Congreso el proyecto de ley que ratifica un acuerdo de transporte internacional de carga y de pasajeros entre ese país y Venezuela por carretera. Ahora, la Conste Constitucional deberá revisar la iniciativa, suscrita en agosto de 2014.

El acuerdo crea un marco jurídico para garantizar la seguridad al sector del transporte de ambos países para la entrada y salida de mercancías, así como a los ciudadanos a ambos lados de la frontera, explicó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo colombiano.

«Es un paso más en el restablecimiento de las relaciones económicas, comerciales y diplomáticas entre los dos países», afirmó.

Esto, señ;aló el ministerio, se suma a los Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones que se tramita en el Legislativo y al de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial para el que se negoció una profundización.

«Reglas del juego claras»

Las autoridades colombianas dijeron que esta iniciativa «establece reglas del juego claras» para el sector de transporte. Como, por ejemplo, que el transportador debe ser una persona jurídica, constituida en alguno de los dos países.

Explicaron asimismo que el servicio solo se prestará por los pasos autorizados y que se permite la homologación de los documentos para la operación de transporte terrestre.

El acuerdo además establece que se autorizará el ingreso, la permanencia y la salida de los pasajeros al país respectivo con la presentación del pasaporte válido y vigente, el visado cuando la condición regular o nacional lo amerite y la tarjeta migratoria con el respectivo sello migratorio.

Para eso, los países deberán diseñ;ar e implementar un sistema automatizado para llevar el registro de los transportadores y los vehículos autorizados, indicó el ministerio colombiano.

Una vez el transportador reciba la autorizado por su Estado de origen deberá solicitar, en un lapso no mayor a 60 días, el Permiso Complementario de Prestación del Servicio ante la autoridad u organismo nacional competente del otro país.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo colombiano explicó que luego de que la Corte valide el acuerdo, pasará a sanción del presidente Gustavo Petro.

Fuente Informativa:

 

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