La Prensa.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la prohibición a todos los medios digitales la difusión de vídeos de linchamientos, tanto en sus páginas de Internet, como en sus cuentas en redes sociales.
Según el portal web de El Nacional, la sentencia número 429/2016, publicada este miércoles 8 de junio, obedece a la demanda interpuesta por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández contra La Patilla y Caraota Digital para proteger los derechos e intereses difusos.
La decisión expresa que:
«Se ordena la prohibición a los Medios Digitales “LA PATILLA” y “CAROTA DIGITAL”, de la difusión de vídeos de linchamientos, a través de sus páginas de Internet, así como en sus cuentas en redes sociales, hasta tanto se decida el fondo de la presente controversia».
«SE EXTIENDE la medida cautelar decretada a todos los medios de comunicación nacionales con capacidad de transmitir este tipo de vídeos a través de sus plataformas tecnológicas».
La decisión, con ponencia de la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, indica que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la libertad de expresión y el derecho a una información oportuna y veraz. Partiendo de allí, los comunicadores sociales tienen el derecho de expresar periodísticamente un hecho noticioso y los usuarios y usuarias tienen el derecho de recibir una información adecuada, pero estos derechos no deben crear zozobra e incertidumbre en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad.