viernes, 22 noviembre 2024
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MP pidió que detenidos en Zulia pasen por tribunales ordinarios

LA PRENSA.-  El Ministerio Público solicitó al Tribunal 1º de Control del estado Zulia que las 14 personas detenidas el pasado 05 de mayo, por presuntamente ser responsables de los daños ocasionados en la sede de la Alcaldía de Villa del Rosario de Perijá y en la plaza de esa localidad sean juzgadas por la jurisdicción ordinaria y no la militar.

La Fiscalía 41ª de esa entidad federal realizó la petición con fundamento en los artículos 261 y 49, numeral 4, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referidos a que las personas deben ser juzgadas por sus jueces naturales. Además del artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual contempla la unidad del proceso, es decir, que por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos.

Tal solicitud se realizó durante la audiencia de presentación de Leonardo Orozco, Leonardo Villero y Víctor Taborda, quienes fueron detenidos por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional en Villa del Rosario entre el 08 y 09 de mayo, tras incautárseles una consola de aire acondicionado, un monitor, un mouse y dos teclados pertenecientes a la mencionada alcaldía zuliana.

La representación del Ministerio Público imputó a los tres hombres los delitos de aprovechamiento de cosas provenientes del delito y agavillamiento, y pidió que se acordarán medidas cautelares de presentación periódica y de fiadores.

A tal efecto, la Fiscalía argumentó que debido a que Orozco, Villero y Taborda son juzgados por la jurisdicción ordinaria, y por tratarse de un mismo hecho, las otras 14 personas deben ser puestas también a disposición del Tribunal 1º de Control.

En ese sentido, la Constitución garantiza el procesamiento de civiles ante la jurisdicción ordinaria, y de los militares que hayan cometido delitos contemplados en el Código Orgánico de Justicia Militar ante sus respectivos tribunales militares. El Ministerio Público observó que en el presente caso, los hechos que se le atribuyen a las personas detenidas no constituyen delitos previstos en la referida norma militar, y además los procesados no son funcionarios militares, por lo que mal podrían ser juzgados por esa jurisdicción.

Adicionalmente, el Ministerio Público alegó la jurisprudencia pacífica y reiterada del máximo tribunal del país, que ha impedido el juzgamiento de civiles ante tribunales militares de forma sistemática a partir de la vigencia de la actual carta magna.

Según la información, en horas de la tarde del pasado viernes 05 de mayo, varias personas ingresaron a la sede de la alcaldía, ocasionaron destrozos y sustrajeron diversos bienes. Asimismo, dañaron la plaza ubicada en las adyacencias de la sede municipal.

Luego de diversas diligencias, las 14 personas fueron detenidas ese mismo día y puestas a la orden de tribunales militares.

https://twitter.com/MPvenezolano/status/862366733306273792

 

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