Hildamar Chávez | LA PRENSA de Lara.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), informó este jueves que otorgó la ampliación de las medidas cautelares a 13 servicios del Hospital J.M. de Los Ríos.& ;
Cedocap y Prepara Familia presentaron pruebas a la CIDH en 2018, donde expusieron las condiciones en las que se encontraba el hospital. El 21 de febrero de 2019, la organización otorgó medidas cautelares para proteger a los pacientes.& ;
«A tres días del fallecimiento del adolescente Andrés Fernández se ratifica la gravedad y urgencia que tienen todos los niños que acuden al Hospital JM de los Ríos» manifestó el coordinador general de Cedocap, Carlos Trapani, a través de su cuenta de Twitter.& ;
Las alianzas venezolanas anexaron otras pruebas al expediente en junio de 2019. La CIDH reconoció que la crisis del centro asistencial se ha incrementado en los últimos meses, «por Andrés y todos los niños que han fallecido exigiendo su derecho a la salud continuaremos nuestro trabajo de documentar, difundir y denunciar para que ningún caso quede en el olvido» agregó Trapani.& ;
En lo que va de año han fallecido 17 pacientes infantiles del J.M. a consecuencia de la negligencia hospitalaria.
La comisión solicitó al Estado venezolano que se adopten las medidas necesarias para garantizar vida, integridad personal y salud de los niños, niñas y adolescentes pacientes.& ;
«De acuerdo a la solicitud, la emergencia de los niños, niñas y adolescentes del Hospital José Manuel de los Ríos se habría agravado en términos de medicamentos, insumos, equipos, infraestructura y recursos humanos, lo cual comprometería la capacidad de atención a todos los niños, niñas y adolescentes que acuden al centro de salud, y, en particular, a 13 servicios del Hospital José Manuel de los Ríos» indicó el documento.
También piden que se adopten medidas necesarias para asegurar las condiciones de salubridad y seguridad dentro de las instalaciones.& ;
La CIDH considera que las denuncias reúnen prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su reglamento.& ;
Como resultado la Comisión solicita que «se tenga a bien informar, en plazo de 20 días contados a partir de la fecha de la presente resolución de ampliación, sobre la adopción de las medidas cautelares requeridas y actualizar dicha información en forma periódica».& ;