Los inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela que ingresen al territorio de Estados Unidos bajo la figura del “parole humanitario” y obtengan un permiso temporal de dos años, deberán cambiar su estatus migratorio a cualquier otro programa de permanencia en los primeros 24 meses, de lo contrario podrían ser deportados hacia los países de origen.
Así lo informó un funcionario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a un medio local estadounidense, al detallar que “cualquier concesión discrecional de libertad condicional será por un período temporal de hasta dos años”, y precisó que “aquellos a quienes no se les conceda asilo u otros beneficios de inmigración, deberán abandonar Estados Unidos al vencimiento de su período autorizado de libertad condicional o, generalmente, serán colocados en procedimientos de deportación después de que expire el período de libertad condicional”.
Los beneficiarios cualificados que se encuentran fuera de Estados Unidos y carecen de documentos de entrada pueden ser considerados, caso por caso, para una autorización adelantada para viajar y un período de permanencia temporal de hasta dos años por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo. Para participar, los beneficiarios elegibles deben:
- Tener una persona de apoyo en Estados Unidos;
- Someterse y apruebe una sólida investigación de antecedentes de seguridad;
- Cumplir con otros criterios de elegibilidad; y
- Amerita un ejercicio favorable de discreción.
“Las personas que participen en estos procesos deben tener una persona de apoyo en Estados Unidos que acepte proporcionarles apoyo financiero durante la duración de su permanencia temporal”, reseña el sitio web del DHS.