jueves, 21 noviembre 2024
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EE.UU lanzó el programa parole in place para inmigrantes

Este programa permite a miles de indocumentados solicitar permanencia temporal y la residencia permanente

Agencias | LA PRENSA DE LARA.- El Servicio de Inmigración de EEUU (USCIS) dio inicio al nuevo programa «parole in place» que beneficiará a un aproximado de 500.000 personas, incluyendo cónyuges e hijastros no ciudadanos. El objetivo de este programa es permitir que miles de indocumentados soliciten el permiso de permanencia temporal y, eventualmente, la residencia permanente.

Los solicitantes deben llenar el formulario I-131F, disponible en línea a través de la cuenta de USCIS, cuyo costo es de USD 580, según indicó Univisión 23.

Telemundo 47 agregó que el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos evaluará las solicitudes caso por caso y considerará si las personas cumplen con varios criterios, incluyendo haber vivido en EEUU durante al menos diez años antes del 17 de junio de 2024.

Abogados de inmigración consultados por Univisión 23 subrayaron que el «Parole in place no es el parole humanitario», y explicaron que este programa está dirigido específicamente a «cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses», diferenciándose del parole humanitario que asiste a nacionales de Cuba, Venezuela, Nicaragua y Haití.

¿Cuáles son los requisitos y procedimientos del programa?

Los solicitantes deben estar físicamente en EEUU desde al menos el 17 de junio de 2014 y no representar una amenaza para la seguridad pública, nacional o fronteriza. Además, se debe evidenciar un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense antes del 17 de junio de 2024.

Telemundo 47 añadió que los hijos no ciudadanos de estos solicitantes cumplen con requisitos específicos, como haber estado físicamente presentes en Estados Unidos desde antes del 17 de junio de 2024 y tener una relación de hijastro calificada con un ciudadano estadounidense.

El proceso de solicitud debe iniciarse a través del formulario I-131F, que es exclusivamente en línea, y cada solicitante menor de edad debe crear su propia cuenta en la plataforma de USCIS. «No hay un formulario en papel para este proceso», aclaró Univision 23.

Documentación y apoyo para solicitantes

Sobre la documentación requerida, Telemundo informó que se debe presentar evidencia como certificados de matrimonio, identificaciones con foto y pruebas de residencia continua en EEUU durante al menos diez años.

La vicepresidenta de la Federación Hispana, Julieta López, recomendó: «Eso significa hablar con tu iglesia, con tu trabajo, diferentes personas que pueden tener documentos que prueben que han estado aquí por 10 años seguidos».

Para aquellos interesados en obtener más detalles, USCIS llevará a cabo sesiones informativas en inglés y español el mismo lunes de 15:30 a 16:30 horas (hora del este).

Servicios y asesoría

La Hispanic Federation ofrece apoyo adicional para responder preguntas sobre el proceso. Además, sugirieron que quienes tengan antecedentes de incidentes en la frontera, consulten con un abogado para recibir orientación legal y asegurar una solicitud correcta.

Este nuevo programa representa una oportunidad significativa para miles de familias que residen sin documentación en Estados Unidos, permitiéndoles regularizar su estatus migratorio y refrendar su vínculo legal con ciudadanos estadounidenses. La medida ha sido bien recibida y se espera que muchos aprovechen esta opción para regularizar su situación en el país.

«Manteniendo a las Familias Unidas»

En un contexto de políticas migratorias cada vez más complejas, el programa «Manteniendo a las Familias Unidas» ofrece una vía para que ciertos cónyuges e hijastros no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses puedan solicitar un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.

Este programa, implementado como una medida humanitaria, establece criterios específicos para determinar quiénes pueden beneficiarse de este alivio migratorio.

Requisitos para cónyuges no ciudadanos

Uno de los principales grupos que pueden beneficiarse de esta medida son los cónyuges no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses. Para calificar, el matrimonio debe haber sido legalmente válido y haberse realizado en o antes del 17 de junio de 2024. Además, el cónyuge debe cumplir con varios requisitos importantes:

Haber estado presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido oficialmente ni haber recibido un permiso de permanencia temporal.

Demostrar una presencia física continua en el país desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

No representar una amenaza a la seguridad pública, nacional o fronteriza.

Cumplir con otros criterios de elegibilidad establecidos por las autoridades migratorias.

Para que se otorgue este permiso, es fundamental que el solicitante pueda demostrar que existen razones humanitarias urgentes o que su presencia en el país representa un beneficio público significativo. La evaluación se realiza caso por caso, permitiendo que las autoridades tomen decisiones discrecionales basadas en las circunstancias individuales de cada solicitante.

Requisitos para hijastros no ciudadanos

Los hijastros no ciudadanos también pueden calificar para un permiso de permanencia temporal bajo este programa, siempre que se cumplan ciertos requisitos clave. Los hijastros deben ser solteros y menores de 21 años al 17 de junio de 2024.

Además, deben haber estado presentes continuamente en los Estados Unidos desde esa fecha y cumplir con la definición legal de hijastro de un ciudadano estadounidense, lo que implica que el matrimonio entre sus padres y el ciudadano estadounidense debe haber sido legalmente válido en o antes de la misma fecha, y antes de que el menor cumpla los 18 años.

Al igual que los cónyuges, los hijastros no deben representar una amenaza para la seguridad y deben cumplir con otros criterios específicos para ser considerados para la concesión de un permiso discrecional por razones humanitarias o de beneficio público.

Proceso de solicitud y tarifas

Para acceder a este proceso, los solicitantes deben presentar el Formulario I-131F, también conocido como la Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal en el País para Ciertos No Ciudadanos Cónyuges e Hijastros de Ciudadanos Estadounidenses.

Este formulario debe presentarse exclusivamente en línea a través de una cuenta de myUSCIS. La tarifa de presentación es de USD 580, y no se aceptan formularios en papel ni se ofrece exención de tarifas bajo este proceso.

Es importante destacar que aquellos que obtengan el permiso de permanencia temporal en el país pueden, posteriormente, solicitar una autorización de empleo mediante el Formulario I-765. Sin embargo, este formulario no puede presentarse simultáneamente con el I-131F. Las tarifas para el I-765 varían: USD 520 si se presenta en formato impreso y USD 470 si se presenta en línea, con la posibilidad de solicitar una exención de tarifas para quienes califiquen.

Criterios adicionales y razones humanitarias

Más allá de los requisitos básicos, los solicitantes deben cumplir con ciertos criterios adicionales de elegibilidad. Estos criterios son evaluados rigurosamente por las autoridades migratorias, quienes consideran tanto el historial del solicitante como su situación actual en el país.

La demostración de razones humanitarias urgentes o de un beneficio público significativo es fundamental para que se conceda este permiso discrecional, ya que estas razones deben justificar la necesidad de la permanencia temporal en el país bajo circunstancias excepcionales.

Fuente: Infobae

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