martes, 5 noviembre 2024
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Departamento del Tesoro publica licencias humanitarias para Venezuela

Álvarez / Agencias | LA PRENSA de Lara – Este jueves, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó una serie de licencias& ;sobre el programa de sanciones por parte de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), adscrita a la institución norteamericana, donde indican que permiten al gobierno de Nicolás Maduro comprar alimentos y medicinas a pesar de las medidas.

En el listado donde admiten el comercio, la asistencia o la actividad legítima relacionada con la asistencia humanitaria, también se encuentran las licencias para Irán, Corea del Norte, Siria, Cuba, Ucrania y Rusia.

«El programa de sanciones de Venezuela está diseñado para limitar al ilegítimo ex régimen de Maduro fuentes de ingresos y responsabilizar a quienes obstaculizan la restauración de la democracia en Venezuela, al tiempo que garantiza el flujo de bienes y servicios humanitarios a las personas venezolanas» manifiesta el comunicado.

Las licencias publicadas por Estados Unidos:

Venezuela

El programa de sanciones de Venezuela está diseñado para limitar al gobierno de Maduro fuentes de ingresos y responsabilizar a quienes obstaculizan la restauración de la democracia en Venezuela, al tiempo que garantiza el flujo de bienes y servicios humanitarios a los venezolanos. Las personas estadounidenses no tienen prohibido realizar transacciones que involucren al país o pueblo de Venezuela, siempre que el Gobierno de Venezuela, otras personas bloqueadas, o conducta prohibida no están involucrados. Para garantizar que los bienes humanitarios puedan llegar a las personas de Venezuela a pesar de un nexo con el Gobierno de Venezuela, Estados Unidos mantiene exenciones y autorizaciones que permiten la prestación de asistencia humanitaria y la venta comercial y exportación de productos agrícolas, alimentos, medicinas y dispositivos médicos a Venezuela.

– La Licencia General 4C autoriza ciertas transacciones que normalmente son incidentes y necesarias para la exportación o reexportación de productos agrícolas, medicamentos, dispositivos médicos, piezas de repuesto y componentes para dispositivos médicos, o actualizaciones de software para dispositivos médicos dispositivos a Venezuela, o a personas en terceros países que compran específicamente para reventa a Venezuela. Esto incluye kits de prueba, dispositivos respiratorios, equipo de protección personal, y medicina utilizada en la prevención, diagnóstico, tratamiento y recuperación de COVID-19.

– La Licencia General 16C autoriza todas las transacciones y actividades que normalmente inciden y necesario para procesar remesas personales no comerciales que involucran ciertas instituciones, incluyendo Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal (Banco de Venezuela), Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal CALIFORNIA. (Banco Bicentenario del Pueblo), Banco del Tesoro, C.A. Banco Universal (Banco del Tesoro) y Banco Central de Venezuela (BCV). Además, no se prohíben las remesas con instituciones financieras venezolanas no bloqueadas.

– La Licencia General 20B autoriza actividades oficiales de ciertas organizaciones internacionales, como las Naciones Unidas, incluidos sus Programas y Fondos, y sus Agencias y organizaciones relacionadas, así como el Comité Internacional de la Red Cruzar, entre otros, para realizar transacciones que involucren BCV o que involucren a otro Personas del gobierno de Venezuela en la medida en que las transacciones estén sujetas a EE. UU. jurisdicción.

– La Licencia General 26 autoriza la provisión y recepción de emergencias no programadas servicios médicos y la provisión de otros servicios médicos que involucran al Gobierno de Venezuela.

– La Licencia General 29 autoriza a las organizaciones no gubernamentales a realizar transacciones involucrando al Gobierno de Venezuela en apoyo de proyectos humanitarios, democracia proyectos de construcción, educación, desarrollo no comercial que benefician directamente a Pueblo venezolano y protección del medio ambiente en Venezuela.

– La Licencia General 30 autoriza actividades que involucran al Gobierno de Venezuela que son ordinariamente incidentes y necesarios para operaciones o uso de puertos y aeropuertos en Venezuela.

– La Licencia General 33 autoriza, entre otras actividades, todas las transacciones que involucran Gobierno de Venezuela necesario para proporcionar ambulancia aérea y servicios médicos relacionados servicios, incluida la evacuación médica desde Venezuela, para personas en Venezuela.

– Licencias específicas: para transacciones no autorizadas por las licencias generales de la OFAC, OFAC considera solicitudes de licencia específicas caso por caso y prioriza la licencia solicitudes, preguntas de cumplimiento y otras solicitudes relacionadas con el apoyo humanitario para el pueblo venezolano.

Relacionado con la asistencia humanitaria para Venezuela.

– «Orientación relacionada con la provisión de asistencia humanitaria y apoyo a la Pueblo venezolano «(agosto de 2019) Órdenes ejecutivas (E.O.): Las siguientes son E.O.s relacionadas con la asistencia humanitaria para Venezuela.

– E.O. 13884 del 5 de agosto de 2019, que bloquea la propiedad e intereses en la propiedad del El Gobierno de Venezuela, incluye la Sección 5, exime las transacciones que involucran al Gobierno de Venezuela que se relacionan con el suministro de artículos tales como alimentos, ropa, y medicamentos destinados a aliviar el sufrimiento humano.

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