- El TSJ declaró la constitucionalidad del Decreto N.° 5.414 dictado por la presidenta encargada Delcy Rodríguez.
- La medida, dictaminada en la sentencia N.° 0824, fija un Estado de Emergencia Económica por 60 días en todo el territorio nacional.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó este 12 de agosto la plena apego a la Carta Magna del Decreto N.° 5.414. Mediante este instrumento legal, la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, declaró el estado de emergencia económica en toda la extensión del territorio nacional por un lapso de 60 días.
La resolución, registrada bajo el número 0824 y tramitada en el expediente 26-0987, formalizó el análisis correspondiente al procedimiento de constitucionalidad de ley. La medida dictada por el Ejecutivo había sido difundida previamente el 8 de agosto en la Gaceta Oficial N.° 7.066 Extraordinario, en concordancia con los preceptos de la Constitución y las leyes venezolanas vigentes.

Durante el proceso de revisión, los magistrados determinaron que la Sala Constitucional poseía la facultad legal para evaluar el texto presentado y concluyeron de forma unánime que las disposiciones establecidas respetan el ordenamiento constitucional del país.
TSJ ordena su publicación formal
Emitida bajo la modalidad de Ponencia Conjunta, la decisión ordena su publicación formal en la Gaceta Oficial, la Gaceta Judicial y la página web institucional del TSJ. Con este pronunciamiento legal, queda ratificada la vigencia de la emergencia económica sobre la nación durante el lapso estipulado.
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