sábado, 23 noviembre 2024
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Ley de salud mental comunitaria del estado Lara

LA PRENSA DE LARA.- La Organización Mundial de la Salud (OMS) define salud mental como «un estado de bienestar en el que la persona materializa sus capacidades y es capaz de hacer frente al estrés normal de la vida, de trabajar de forma productiva y de contribuir al desarrollo de su comunidad». Una definición que si bien es cierto ha propiciado un avance en el diseño de planes y proyectos de salud a nivel mundial; también ha revelado algunas limitaciones, señaladas desde hace décadas, por distintas corrientes del pensamiento crítico y la medicina social latinoamericana.

En este sentido, un grupo de profesionales presento al Consejo Legislativo del estado Lara un proyecto ley que propone una actualización de la concepción de la salud mental y por tanto de sus praxis, entendiéndola como un proceso complejo, dinámico, multideterminado por factores históricos, culturales, socioeconómicos, biológicos y psicológicos; cuya preservación y desarrollo supone la trascendencia de las concepciones individualistas, biologicistas y mercantilizadas de la salud; para dar paso a su comprensión como fenómeno determinado socialmente, colectivo e inherente a los derechos humanos y sociales. Un cambio en la concepción y el desarrollo de políticas de salud mental que ya se había delineado en la histórica Declaración de Caracas en 1990 y que viene planteando la OMS en su plan de acción integral sobre salud mental 2013-2020 (ampliado recientemente al 2030), donde se evidenció la necesidad de superar el modelo asilar-manicomial, impulsar un modelo comunitario, incorporar la prestación de servicios en la Atención Primaria en Salud, y se destacó la insuficiencia de recursos a nivel global para dar una respuesta adecuada a las necesidades de salud mental de la población, por lo que propuso un conjunto de objetivos orientados a fortalecer las capacidades de los países para actuar eficazmente en esta materia: desarrollar una gobernanza más eficaz en lo concerniente a las políticas de salud mental, rediseñar la formación de talento humano en salud mental acorde a esta nueva visión, generar estrategias de prevención y promoción, mejorar los sistemas de información, la disponibilidad de datos científicos, fomentar la investigación en el área, y proveer en y desde los espacios comunitarios, servicios de asistencia social y atención a los padecimientos de salud mental y sus determinantes psicosociales.

Planteamientos que fueron ratificados en el Informe sobre el Sistema de Salud Mental en la República Bolivariana de Venezuela del año 2013, donde además de los lineamentos mencionados recomiendan avanzar en el fortalecimiento de la red ambulatoria de país, propiciar espacios para la formación científica y especializada en el área, y la constitución de redes de apoyo comunitarias para la prevención y la promoción de la salud mental. Por todo esto, el presente marco legislativo implicaría un progreso para el desarrollo de los lineamientos más recientes de los organismos internacionales de salud, así como un avance cualitativo, precursor de las transformaciones y replanteamientos en el área de la salud que se ha planteado el Estado venezolano, para ajustar las gobernanzas nacionales, regionales, estadales, municipales y locales, acorde también a las exigencias bio-psico-sociales que emergieron de la situación de pandemia por el COVID-19, ofreciendo así una legislación que oriente la acción de los organismos estadales responsables de las políticas del estado Lara en materia de salud mental, en base a las exigencias de estas nuevas realidades. En este contexto, la propuesta de ley se ha elaborado con el propósito de asentar las bases de un sistema complementario estadal, para la promoción y atención de la salud mental de los habitantes del estado Lara, desde una concepción colectiva, comunitaria, preventiva, garantista de la salud como derecho humano, asentada en las necesidades de los territorios y consustanciada con las organizaciones comunitarias y comunales que se han desarrollado y establecido en Venezuela en concordancia con las postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y los procesos de transformación de la organización político-territorial de la nación.

Por nuestros Argenis, por nuestras Felipas, por nuestros Caimes de Sanare!

Gracias por leerme!

Abrazos

Por: Gilberto Barreto

*La Prensa de Lara no se hace responsable de las opiniones emitidas en los artículos cuyo contenido es de entera responsabilidad de sus autores*.& ;

 

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