Ana Uzcátegui | LA PRENSA DE LARA.- Sólo 14 días le tomó a la Asamblea Nacional dominada por el PSUV discutir y modificar la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), que fue aprobada por unanimidad y en segunda discusión el 3 de febrero. La reforma radica en que este impuesto antes era exclusivo para los contribuyentes del Seniat calificados como Sujetos Pasivos Especiales, es decir, toda empresa que genera más de 30 mil Unidades Tributarias de ingresos brutos anuales (600 bolívares o 132 dólares). Ahora deberá ser pagado por cualquier ciudadano que compre con dólares, otra moneda extranjera o criptomonedas, imponiéndose alícuotas que pueden ser del 2 al 20%, según lo decrete el Presidente de la República.
Juan Carlos Castillo, especialista en Derecho Tributario, explicó que el impuesto del IGTF antes era de 2% y fue aumentado a 2,5% con esta ley. Lo que representa que si una ama de casa va a un abasto a hacer su mercado quincenal y paga con un billete de 50 dólares, su compra se podrá encarecer 1,25 dólares adicionales (si le aplican un impuesto de 2,5%), o 10 dólares más (si el impuesto es del 20%).
«El exministro de economía y actual diputado nacional, Ramón Lobo, fue el diseñ;ador de esta reforma y la justificación que dio es que la ley busca desestimular el uso de monedas extranjeras e impulsar el Bolívar como monedas de pago de las obligaciones tributarias. Ahora bien, el trasfondo no es ese. Lo que pretende esta reforma es aumentar la recaudación tributaria, considerando que la gran mayoría de las operaciones transaccionales que se están realizando son en dólares o criptoactivos», contó Castillo.
Eso representa que el Ejecutivo nacional busca capturar parte de las operaciones que se hacen en divisas, que son más del 60% de las transacciones comerciales, según Econoanalítica debido a la drástica caída que ha tenido la exportación petrolera. Pero castigando al ciudadano común, que hoy no tiene mejor poder adquisitivo que antes, y que se ha refugiado en la moneda dura como el dólar, el peso colombiano, el euro, oro o hasta el real brasileñ;o para protegerse de la voraz hiperinflación.
«¿;El hecho que tú pagues en moneda extranjera significa que tengas más capacidad contributiva?, ¿;más capacidad económica?, ¿;que has ganado más plata?, la respuesta es no. De manera que ahora el hecho que se reforme la ley para incluir como un evento gravable los pagos en moneda extranjera o con criptoactivos, no significa que las personas que paguen estas operaciones en una moneda distinta al Bolívar tengan una mayor capacidad contributiva», comentó Castillo.
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