El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó en Gaceta Electoral el cronograma con 1 mes y 7 días de retraso
Ana Uzcátegui | LA PRENSA DE LARA.- Desde que el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó el 5 de marzo las presidenciales pautadas para el 28 de julio, ha modificado en al menos 11 ocasiones los lapsos de actividades establecidas en el cronograma electoral, y según expertos lo ha hecho a discreción, publicándolos tardíamente en Gaceta Electoral y en la página web. «Buscan desalentar al electorado y hacer ver que violan todas las normas», es lo que considera Horacio Zavala, politólogo. Resaltando que el último cambio anunciado fue la fecha del simulacro, que estaba pautado para el 16 de junio y ahora se realizará el 30 de junio.
José Gregorio Zaa, experto electoral, sostiene que el CNE ha violado varias veces la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). Su artículo 42, establece que el mismo día que se realiza la convocatoria de las elecciones, el CNE tiene que presentar el cronograma electoral e inmediatamente publicarlo en Gaceta Electoral. Esto no se hizo al pie de la letra 24 horas después de anunciada la fecha de las elecciones, el CNE lo que hizo fue publicar en Gaceta Electoral número 1048 sólo los hitos relevantes del cronograma, es decir, las cinco actividades principales de una planificación que tiene 101 pasos.
El Poder Electoral publicó el cronograma electoral completo el 11 de abril, aunque la Gaceta Extraordinaria N° 46 tiene fecha del 6 de marzo. Lo hizo con un mes y siete días de retraso.
Jesús Castellanos Vásquez, politólogo y especialista en procesos electorales, precisó que el CNE publicó tardíamente el listado de partidos políticos habilitados para participar en las elecciones y postular candidatos. Debió ser publicada del 11 al 14 de marzo, pero la Gaceta Electoral Extraordinaria número 48 tiene fecha del 15 de marzo, realmente se hizo pública el domingo 17 de ese mes.
Un mes después, el CNE informó que la organización política número 37, habilitada para participar en las elecciones presidenciales era Movimiento Primero Justicia. La Gaceta Electoral número 1054, establece que los ciudadanos José Brito y Conrado Pérez fueron nombrados para presidir la Junta Directiva Ad Hoc, que reestructurará esta organización. De esta manera, Brito pudo oficializar su postulación como candidato presidencial.
Cabe destacar que durante la presentación de postulaciones de candidatos del 21 al 25 de marzo, la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) pudo postular a Edmundo González Urrutia como candidato tapa, pasada las 12 de la noche de ese plazo, permitido tras un proceso de negociación. Durante la modificación y sustitución de postulaciones reflejado en boleta electoral, el plazo inicial era del 1 al 20 de abril, pero el CNE extendió por 72 horas ese lapso.
La Jornada Especial de Inscripción y Actualización del Registro Electoral (RE), que se desarrolló en el país del 18 de marzo al 16 de abril, no se cumplió igual en exterior. El politólogo, Jesús Castellanos, precisó que en países como Chile y Argentina las embajadas y consulados comenzaron a inscribir a los venezolanos dos semanas después de arrancada la jornada, y en Costa Rica fue con tres semanas de retraso.
La ONG Acceso a la Justicia indicó en su página web que los primeros días de la Jornada Especial del RE, unas 20 embajadas y consulados venezolanos en distintos países de América Latina y Europa no contaban con los equipos necesarios para poder realizar las inscripciones de nuevos electores. Estiman que de 7.7 millones de venezolanos que están en el exterior, al menos 4.5 millones tienen edad para votar, pero según el Cuadro Estadístico del Registro Electoral Preliminar, que el CNE publicó en Gaceta Electoral ordinaria número 1055, de fecha 29 de abril, aunque realmente se hizo público el 4 de mayo, sólo se pudieron inscribir 69.189 venezolanos en el exterior.
El artículo 111 del Reglamento de la Lopre establece que «una vez convocada una elección, el CNE sólo podrá modificar el cronograma electoral respecto a etapas, actos y actuaciones en los cuales no se afecten los derechos de las personas, así como tampoco los lapsos de los procedimientos establecidos en la ley y en el presente reglamento».
Puede ampliar esta información en nuestra edición impresa de este miércoles, 05 de junio de 2024.