Con la nueva legislación, solo podrán obtener la ciudadanía italiana aquellos descendientes de italianos en el extranjero hasta la segunda generación. Es decir, si el solicitante tiene un progenitor o un abuelo nacido en Italia, podrá solicitarla. Sin embargo, los bisnietos y tataranietos quedan excluidos de esta posibilidad.
El parlamento italiano aprobó la ley 36 con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones. Esta ley, impulsada por el gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni, fue inicialmente aprobada por el Senado el 15 de mayo de 2025 y ratificada en la Cámara el 20 de mayo. Se trata de un cambio en el proceso de reconocimiento de la ciudadanía italiana, que modifica las condiciones para su concesión.
Italia concede su nacionalidad principalmente bajo el principio de Ius Sanguinis (derecho de sangre), que permite obtenerla por descendencia. Hasta ahora, esta ley permitía a los descendientes demostrar hasta cinco generaciones, incluso si tenían un tatarabuelo nacido después de 1861, fecha de la unificación italiana.
Con la nueva ley, los bisnietos y tataranietos quedan fuera de esta posibilidad. Solo podrán acceder a la ciudadanía aquellos que tengan un progenitor o abuelo nacido en Italia, siempre que estos no se hayan naturalizado en otro país.
Las solicitudes presentadas antes de esa fecha, hasta las 11:59 p.m., seguirán rigiéndose por la legislación anterior. Lo mismo aplica para quienes ya tenían cita en el consulado antes del 27 de marzo para una fecha posterior.
Si el padre o abuelo tiene doble ciudadanía, no puede transmitirla a sus descendientes a menos que haya residido en Italia durante al menos dos años antes del nacimiento del hijo.
Los ex ciudadanos nacidos o residentes en Italia durante al menos dos años podrán recuperar la ciudadanía entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.
Los hijos menores nacidos fuera de Italia, cuyos padres nacieron en Italia, podrán adquirir la ciudadanía solo si el padre declara su voluntad dentro del primer año del nacimiento y si el menor convive con el padre en Italia durante al menos dos años después del nacimiento.
Los nacidos después del 27 de marzo de 2025 tienen un año desde su nacimiento para inscribirse en el registro consular, preferiblemente en línea.
Los hijos menores de quienes adquieren o recuperan la ciudadanía italiana podrán obtenerla si conviven con el padre en Italia durante al menos dos años; si tienen menos de dos años, se considerarán italianos desde su nacimiento.
Los descendientes mayores de edad deberán residir en Italia durante dos años para solicitar la ciudadanía.
El plazo máximo para aprobar solicitudes de ciudadanía por matrimonio o decreto presidencial será de dos años desde la presentación. Para solicitudes en curso, se aplicará la ley anterior. Además, se exigirá una residencia legal de dos años en Italia para obtener la ciudadanía por matrimonio.
También se otorgará permisos de residencia y trabajo para descendientes italianos provenientes de países con históricos flujos migratorios hacia Italia.
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