viernes, 22 noviembre 2024
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Detenciones preventivas en cuarentena no están establecidas en la ley

Ana Uzcátegui | LA PRENSA de Lara – Jorge Rosell, exmagistrado de la extinta Corte Suprema de Justicia, dijo que amparados en el estado de alarma, el TSJ no sólo incrementan el hacinamiento en las cárceles del país y calabozos policiales y el retardo procesal penal de manera «exagerada«, sino que también permite que autoridades regionales y municipales emitan decretos promoviendo la privativa de libertad de ciudadanos que vulneren los horarios de movilidad durante la cuarentena sin que eso este contemplado en la ley.

«Son medidas tomadas por gobernaciones y alcaldías que son órganos incompetentes. La libertad no puede ser objeto de restricciones sino a través de la ley del órgano legislativo», sentenció.

En tal sentido, el secretario general del Colegio de Abogados de Lara, Jacobo Mármol explicó que las alcaldías y gobernaciones del país incurren en la reserva legal del Estado. «Toda sanción que implica privación de libertad de una persona tiene carácter constitucional y solamente puede estar aprobada por la Asamblea Nacional, refrendada posteriormente por el presidente de la República. Ninguna autoridad regional o local tiene potestad para ordenar las detenciones de las personas», comunicó.

Para Mármol, el hecho que desde el 17 de marzo se mantengan cerrados la inmensa mayoría de los juzgados del país sólo estimula la impunidad. «La gente busca la manera de resolver sus conflictos de justicia por su cuenta y se toma atribuciones aplicando leyes que representan un retroceso para el sistema de justicia nacional, como la Ley del Talios, de ojo por ojo, diente por diente, esto estimula la impunidad», indicó.

Recordó que están paralizadas todo el sistema de administración de justicia, es decir, además de los tribunales, se encuentran comprometidas las actuaciones del Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, el sistema penitenciario y los medios alternativos de justicia. «Por ejemplo una persona que sea despedida injustificadamente en plena pandemia no tiene a dónde acudir a exigir justicia», expresó.& ;

«Es una violación a la CRBV»

«Es una violación flagrante a la Constitución de la República», soltó Jacobo Mármol, secretario del Colegio de Abogados, tras ser consultado por la resolución 004-2020 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) donde suspende los despachos de Tribunales por la pandemia ante la COVID-19.

El abogado explicó que el 60 por ciento de los abogados de todo el país son de libre ejercicio y ante esta resolución que se extiende hasta el 12 de agosto, son muchos los que se encuentran sin trabajo.

«En este país no se debe suspender el sistema judicial para la ciudadanía. Hay personas que han sido despedidas de sus trabajos y como los tribunales están suspendidos no podemos ayudarlos», comentó el abogado.

Mármol criticó que pareciera que el Tribunal Supremo considera solo la justicia penal y que es la única activa en el país, pues trabaja por guardias.

«Es una situación complicada y que a todos nos afecta», soltó el abogado.

Otro grupo de abogados consultados por LA PRENSA criticó que dentro de la flexibilización el Sistema judicial no este laborando en todos los tribunales.

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