Tatiana Suárez | LA PRENSA.- Tras la orden del presidente Nicolás Maduro de cerrar la frontera por 72 horas para evitar el contrabando de billetes de 100 bolívares, el Banco Central de Venezuela (BCV) fijó el monto máximo que se puede sacar o ingresar al país durante dicho plazo.
La resolución N° 16-12-01 estipula que las personas que ingresen o salgan del territorio nacional del país podrán portar consigo especies monetarias representadas en bolívares los siguientes montos máximos en función de los terminales de salida del país:
Para aeropuertos: Trescientos seis Unidades Tributarias (306 U.T.) y pasos fronterizos terrestres: hasta Doscientas Unidades Tributarias (200 U.T.)
Esto representa 54 mil 162 bolívares por un aeropuerto y 35 mil 400 bolívares por vía terrestre.