sábado, 30 noviembre 2024
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EEUU dicta regreso a Venezuela de niños que habían recibido asilo

EFE | LA PRENSA DE LARA.- Una corte federal de apelaciones dictaminó que los dos hijos menores de edad de una inmigrante deben ser devueltos a Venezuela pese a haber recibido asilo en Estados Unidos con base en el argumento de que ella tenía miedo al gobierno del presidente Nicolás Maduro, de acuerdo con documentos judiciales divulgados este jueves.

La Corte de Apelaciones para el Sexto Circuito, con sede en Cincinnati, Ohio, señ;aló que Verónica Tescari Solano sacó a los niñ;os de su hogar en Barquisimeto, Venezuela, y los trajo a Estados Unidos en 2018.

El padre de los menores, Pierre Salame Ajami, presentó en febrero de 2019 una petición para el regreso de sus hijos con base en la Convención de La Haya Sobre Aspectos Civiles del Secuestro Internacional.

En tanto, Tescari y los niñ;os obtuvieron asilo en Estados Unidos en junio de 2019 bajo el argumento de que ella tenía miedo del gobierno de Maduro.

La Corte para el Distrito Medio de Tennessee, en Nashville, celebró audiencias sobre la petición de Salame entre el 30 de julio y el 6 de diciembre de 2019.

Finalmente, la Corte de Distrito concluyó que la madre no logró establecer mediante evidencia clara y convincente que devolver los niñ;os a Venezuela los expondría a riesgo grave de dañ;o físico o psicológico, o que los colocaría en una «situación intolerable». Por tanto, ordenó que los menores fueran devueltos a la nación sudamericana.

Tescari presentó una apelación argumentando que la Corte de Distrito erró en su fallo porque el padre de los niñ;os es física y verbalmente abusivo, Venezuela es una zona de guerra y hambruna, y el sistema judicial de Venezuela no puede resolver la disputa de las partes por la custodia de sus hijos.

También argumentó que la Corte no consideró adecuadamente el hecho de que ella y sus hijos habían recibido asilo en Estados Unidos.

Después de analizar el caso, la Corte de Apelaciones determinó que, debido a que el supuesto abuso era «relativamente menor», la Corte de Distrito no podía rechazar la petición del padre ni considerar potenciales dañ;os futuros a los menores.

Asimismo, señ;aló que «pese a los cismas políticos y agitación social en Venezuela, Tescari no presentó evidencia suficiente de que el país es una zona de guerra, hambruna o enfermedad», y que cualesquiera defectos del sistema judicial venezolano se quedan cortos de cumplir con la definición de «situación intolerable».

Por último, dictaminó que si bien los factores para la concesión del asilo pueden ser relevantes, la Corte de Distrito «tiene la autoridad para ordenar el regreso de niñ;os removidos ilegítimamente, independientemente de si los menores habían recibido asilo previamente».

«Afirmamos la orden de la Corte de Distrito de que (los menores) sean devueltos a su lugar habitual de residencia en Venezuela», concluyó.

 

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