Este pasado miércoles 4 de junio, el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, dio a conocer una nueva medida de restricción de entrada al país norteamericano, en la cual prohíbe el ingreso de nacionales de 12 países y restringe el ingreso de ciudadanos de otros 7, entre los cuales se encuentra Venezuela.
Esta nueva medida, que entrará en vigencia el próximo lunes 9 de junio, tiene a su vez un determinado alcance e incluye algunas excepciones.
¿A quiénes aplican estas limitaciones y excepciones?
Por medio de su página web, el gobierno de los Estados Unidos explicó que las suspensiones y limitaciones de entrada se aplicarán únicamente a los extranjeros de los países designados que: se encuentren fuera del país para la fecha de esta medida y que no cuenten con una visa válida en la fecha de vigencia aplicable de esta proclamación.


Con respecto a las excepciones, clarificaron que la suspensión y limitación de la entrada a los Estados Unidos no se aplicará a: cualquier residente permanente legal de los Estados Unidos; cualquier persona con doble nacionalidad de un país designado que viaje con el pasaporte de un país sin restricción de entrada; atletas o miembros de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores y personas de apoyo, como familiares directos; personas con visas de inmigrante para familiares inmediatos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5); adopciones; extranjeros con visas de inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán, y visas especiales para inmigrantes afganos.
Asimismo, aclararon que otros grupos de personas que no aplican para estas restricciones son extranjeros con visas diplomáticas, oficiales y relacionadas con organizaciones internacionales y la OTAN; así como también personas con visas especiales de inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos.