sábado, 23 noviembre 2024
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Ventas de pan condicionada viola DDHH

AVN | LA PRENSA.- El condicionamiento de las ventas, distribución y prestación de servicios son delitos tipificados en la Ley Orgánica de Precios Justos que puede implicar penas de presión de tres a seis años, y si hay reincidencia, en la ocupación temporal y la posibilidad de solicitar la Ejecutivo la expropiación definitiva del establecimiento.

Así lo advirtió este martes el titular de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), William Contreras, a propósito del plan de supervisión que lleva el Estado a establecimientos privados que distribuyen pan.

“Está prohibido condicionar las ventas, pero también la cola, el condicionamiento del servicio. El establecimiento tiene que garantizar las condiciones de atención, porque si no se están violando los Derechos Humanos”, recalcó Contreras.

Explicó que el plan de ocupación temporal que acomete el Estado a panaderías y que tendrá una duración de 90 días tiene por propósito corregir situaciones irregualares con respecto al funcionamiento de algunos de estos establecimientos, para lo cual se realizó un abordaje en 709 panaderías de Caracas.

Agregó que el Gobierno nacional convocó a los dueños y encargados a diversas reuniones para identificar los nudos críticos y definir los planes a seguir, así como se hicieron asambleas en cinco circuitos de Caracas para escuchar a los panaderos artesanales.

Contreras remarcó que el objetivo del plan de supervisión, como acción de Gobierno para proteger al pueblo, se ejecuta para garantizar el incremento de la producción, así como mejorar las condiciones de atención al pueblo.

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