Agatha Reyes | La Prensa.- Para que se solicite la activación del artículo 350 de la Constitución debe existir vulneración de los de los derechos humanos, o que el gobierno tome el poder a la fuerza y eso no ha ocurrido en Venezuela.
La aseveración corresponde a Enmanuel Ortíz, Vicepresidente del Foro de la Verdad, quien a pesar de las 80 muertes registradas durante las manifestaciones contra el presidente Maduro, considera que en el país no se han presentado ninguno de los dos escenarios, para que la oposición haga el llamado al desconocimiento del gobierno y las instituciones.
Ortiz quien es especialista en derecho procesal y penal, asegura que no se puede hablar de violaciones de derechos humanos por parte de funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana, cuando los hechos han sido aislados. Refiere que el hecho que un guardia esté implicado en la muerte de un joven no justifica la activación del 350.
Asegura que con este llamado la oposición está engañando a la gente, porque su único fin es no participar en un proceso Constituyente, evitando sentarse a dialogar con el presidente Maduro quien a su juicio ha hecho el llamado en reiteradas oportunidades, para llegar a una negociación y que permitan lograr una solución factible para el pueblo. Ortíz sin titubeos refiere que es la oposición es quien aumenta el estado de terror en el país.
¿Por qué asegura que la invocación del 350 no es pertinente en estos momentos?
La activación del 350 esta mal planteada, porque no están cubiertos los requisitos exigidos y esos son que exista vulneración del estado de derecho o que el gobierno ocupe funciones que no están establecidas en la constitución.
Pero han habido excesos ¿La actuación de la GNB no puede contar como violación a los derechos humanos?
El estado debe garantizar que se mantenga el orden y el Foro de la Verdad ha hecho seguimiento de los casos donde algunos funcionarios han incurrido en delitos. No podemos generalizar, aquellos funcionarios que han irrespetado o violado alguna norma, han sido sometidos a la justicia y están privados de libertad, por lo que no puede decirse que hay vulneración porque el Estado ha accionado.
¿Y los militares no obedecen ordenes de superiores para atacar a manifestantes?
Hemos visto como se atacan recintos militares, zonas de educación donde están los preescolares y se atacan centros médicos, esos son actos contrarios a una lucha política que espera reivindicaciones, son actos terrorista que generan temor.
¿Quienes protestan son los que han generado un estado de terror?
Están las actuaciones de grupos violentos, donde se han asesinado personas incluso quemándolas, está la muerte del GNB en Palavecino, los actos violentos en caracas, estas situaciones evidentemente generan terror en los ciudadanos, incluso hacen daño al patrimonio público, el cual pertenece al mismo pueblo y no al gobierno, allí hay una confusión grande en los manifestantes.
¿Cómo se evalúa la muerte de los más de 80 venezolanos en las protestas?
Condenamos la muerte de cualquier venezolano indistintamente de la condición política que tenga, me uno a las palabras del defensor del pueblo, exigimos que sean sometidos a la justicia cualquier ciudadano funcionario o no que se vea involucrado en algún acto excesivo, condenamos también que se promuevan acciones violentas, que van direccionadas a conseguir resultados fatales.
¿Y esas muertes no justifican el 350?
La convocatoria es a la paz.
¿Cómo entender la Constituyente con el conflicto que hoy se presenta, donde se cataloga como ilegal?
Hablamos de voluntades de ciudadanos y ciudadanas, que pueden conseguir ese camino de encuentro y que se traduzca en beneficio de la paz, hay que verlo como diálogo y registro de normas.
¿Puede ser un mecanismo para el diálogo aunque solo existan militantes del partido de gobierno?
Las partes pueden conseguir acuerdos importantes para la paz del país, tengo entendido que los postulados pueden ser militantes o no de un partido, pero también hay independientes, que pueden generar la solución y la respuesta a ese diálogo que busca la sociedad para construir las iniciativas de paz.
¿Está convocada de forma legal la Constituyente?
Una vez evaluada la convocatoria, el foro de la verdad observó que está apegada a los preceptos constitucionales del artículo 347 al 349, es decir que el presidente puede hacerlo en consejo de ministro, tal como lo hizo, esta convocatoria está apegada a la ley.
¿No es necesaria la consulta, tomando en cuenta que el poder reside en el pueblo?
El 347 plantea la forma, la constitución de 1999 prevé los mecanismos para la iniciativa, allí esta evidenciado que no es necesario una consulta, evaluando las bases comiciales, el proponente, en este caso el presidente dice que luego se realizará una consulta, es decir un referéndum aprobatorio.
Se comenta que al instalarse la Constituyente se podrá eliminar las elecciones regionales convocadas por el CNE, ¿es una opción viable?
La constituyente tiene una fase, esta dirigida y tiene temporalización, los ciudadanos y ciudadanas deben tener confianza que el proceso constituyente no se va a constituir en una situación indefinida.
¿Cómo tener esa seguridad?
Hay unas condiciones de funcionamiento, estas se generan a través de la normativa de 1999, y hasta que la constituyente no dicte su funcionamiento se va a regir por ese reglamento.
¿Cómo evalúa que la oposición no participe en la ANC?
Es una actuación egoísta, al no entender el momento histórico. Se esta planteando un proceso para adecuar normas a las realidades económicas actuales, se busca que se generen políticas para acercarnos a las clases menos pudientes y la oposición simplemente decidió no participar.
¿Que pasa con la actual constitución, no se pueden solventar los problemas a través de ella?
Evidentemente ha permitido que se generen políticas, pero debe adecuarse a las nuevas realidades. El derecho no es estático, debe estar en constante adecuación a las realidades, cuando verificamos la iniciativa nos damos cuenta que es una instancia válida.
La fiscal Luisa Ortega Díaz, ha denunciado que la Constituyente viola los principios legales, ¿como evalúa esa posición?
Hemos evaluado las posiciones de las partes que se convierten en actores políticos y condenamos que se quiere desconocer el contenido de los artículos 347 al 349, allí están los mecanismos y se han cumplido. Es irresponsable que quiera manipular la verdad que esta en la CRBV
.¿Porque antes no se había actuado en contra de la fiscal y ahora que está en contra de la ANC se le juzga?
Los poderes deben obedecer a lo que establece la constitución, no podemos desconocer lo que dice la ley de acuerdo a nuestros deseos particulares. Le corresponde al TSJ evaluar la propuesta de un antejuicio de mérito, no a nosotros los ciudadanos.
¿Sería pertinente ese antejuicio de mérito?
según las normas, una vez que se active el antejuicio de mérito, debe respetarse el debido proceso. La fiscal del ministerio público tendrá la oportunidad de organizar su defensa, ella señalará lo que tenga que señalar. Pero los ciudadanos exigimos respeto a la CRBV