LA PRENSA.- La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró no ha lugar la solicitud de antejuicio de mérito realizada por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra los Magistrados de la Sala Constitucional.
Se decretó el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el Art. 378 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Art. 113 de la Ley Orgánica del TSJ.
La Sala considera inoficioso pronunciarse con respecto a la solicitud de amparo cautelar y subsiguiente medida cautelar innominada de suspensión de efectos solicitada, dado el pronunciamiento emitido.
El TSJ ordenó, entre otras cosas, remitir copia certificada del fallo al Consejo Moral Republicano, para que ejerza las acciones que correspondan en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y jurídicas en general.